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Incoterms
Incoterms:"International Commercial Terms" conjunto de términos internacionales de comercio aprobados por la CCI. Estos términos representan derechos y obligaciones que asumen el exportador e importador. La primera versión de “Incoterms” fue publicada en 1936 y, desde entonces, ha sido actualizada en diversas oportunidades, siendo la última publicación los “Incoterms 2000” - Brochure N° 560, la que incluye 13 términos. Los más conocidos y utilizados son FOB, FCA, CFR y CIF.
EXW: En Fábrica (... lugar convenido) [Ex works (... named place)]: Significa que el vendedor realiza la entrega de la mercadería cuando la pone a disposición del comprador en el propio establecimiento del vendedor o en otro lugar convenido, sin despacharla para la exportación ni cargarla en un vehículo receptor. Este término define la menor obligación para el vendedor, debiendo el comprador asumir todos los costos y riesgos a partir de la recepción de la mercadería en los locales del vendedor o el lugar convenido.
FAS: Franco al Costado del Buque (... puerto de carga convenido) [Free alongside ship (... named port of shipment)]: Significa que el vendedor realiza la entrega cuando la mercadería es colocada al costado del buque en el puerto de embarque convenido. Esto quiere decir que el comprador ha de soportar todos los costos y riesgos de pérdida o daño de la mercadería desde aquel momento. El vendedor debe despachar la mercadería en aduana para la exportación.
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  FCA: Franco Transportista (... lugar convenido) [Free Carrier (... named place)]: Significa que el vendedor entrega la mercadería, despachada para la exportación, al transportista nombrado por el comprador en el lugar convenido. El comprador asume todos los riesgos y cualquier otro costo adicional cuando la mercadería ha sido entregada al transportista designado.
FOB: Franco a Bordo (... puerto de carga convenido) [Free on Board (... named port of shipment)]: Significa que el vendedor realiza la entrega cuando la mercadería sobrepasa la borda del buque en el puerto de embarque convenido. Esto quiere decir que el comprador debe soportar todos los costos y riesgos de pérdida o daño de la mercadería desde ese punto.
CFR - Costo y Flete (... puerto de destino convenido) [Cost and Freight (... named port of destination)]: Significa que el vendedor debe colocar las mercaderías, con el flete internacional pagado, en el puerto de destino convenido. Sin embargo, el riesgo de pérdida o daño de la mercadería, así como cualquier costo adicional se transfiere del vendedor al comprador cuando la mercadería sobrepasa la borda del buque en el puerto de embarque.
CIF - Costo, Seguro y Flete (... puerto de destino convenido) [Cost, Insurance and Freight (... named port of destination)]: Significa que el vendedor debe colocar las mercaderías, con el flete internacional y seguro de transporte pagados, en el puerto de destino convenido. Sin embargo, el riesgo de pérdida o daño de la mercadería, así como cualquier costo adicional se transfiere del vendedor al comprador cuando la mercadería sobrepasa la borda del buque en el puerto de embarque.
CIP - Transporte y Seguro Pagados Hasta (... lugar de destino convenido) [Carriage and Insurance Paid To (... named place of destination)]: Significa que el vendedor debe colocar las mercaderías, con el flete internacional y seguro de transporte pagados, en el lugar de destino convenido. Sin embargo, el riesgo de pérdida o daño de la mercadería, así como cualquier costo adicional se transfiere del vendedor al comprador cuando el vendedor pone la mercadería a disposición del primer transportista designado.
CPT - Transporte Pagado Hasta (... lugar de destino convenido) [Carriage Paid To (... named placed of destination)]: Significa que el vendedor debe colocar las mercaderías, con el flete internacional pagado, en el lugar de destino convenido. Sin embargo, el riesgo de pérdida o daño de la mercadería, así como cualquier costo adicional se transfiere del vendedor al comprador cuando el vendedor pone la mercadería a disposición del primer transportista designado.
DAF - Entregado en Frontera (... lugar convenido) [Delivered at Frontier (... named place)]: Significa que el vendedor realiza la entrega cuando la mercadería es puesta a disposición del comprador sobre los medios de transporte utilizados y no descargados, en el punto y lugar de la frontera convenidos, pero antes de la aduana fronteriza del país colindante, debiendo estar la mercadería despachada para exportación pero no para importación.
DES - Entregado sobre Buque (... puerto de destino convenido) [Delivered ex Ship (... named port of destination)]: Significa que el vendedor realiza la entrega cuando la mercadería es puesta a disposición del comprador a bordo del buque, no despachada por aduana para la importación, en el puerto de destino convenido. El vendedor debe soportar todos los costos y riesgos inherentes al envío de la mercadería hasta el puerto de destino acordado.
DEQ - Entregado en Muelle (... puerto de destino convenido) [Delivered ex Quay (... named port of destination)]: Significa que el vendedor realiza la entrega cuando la mercadería es puesta a disposición del comprador, sin despachar por aduana para la importación, en el muelle del puerto de destino convenido. El vendedor debe asumir los costos y riesgos inherentes al envío de la mercadería hasta el puerto de destino convenido, incluida la descarga de la mercadería sobre el muelle.
DDP - Entregado Derechos Pagados (... lugar de destino convenido) [Delivered Duty Paid (... named place of destination)]: Significa que el vendedor realiza la entrega de la mercadería al comprador, despachada para la importación y no descargada de los medios de transporte, a su llegada al lugar de destino convenido. El vendedor debe soportar todos los costos y riesgos inherentes al envío de la mercadería hasta el lugar de destino en el país de destino. Este término representa la máxima responsabilidad para el vendedor.
DDU - Entregado Derechos No Pagados (... lugar de destino convenido) [Delivered Duty Unpaid (... named place of destination)]: Significa que el vendedor realiza la entrega de la mercadería al comprador, no despachada por aduana para la importación y no descargada de los medios de transporte, a su llegada al lugar de destino convenido. El vendedor debe asumir todos los costos y riesgos inherentes al envío de la mercadería hasta el lugar convenido en el país de destino.
FCL [Full Container Load]: Condición de embarque en la cual la carga es estibada y desestibada en el contenedor por el usuario del transporte.
FI [Free In]: Modalidad de contratación de los fletes en donde no se incluyen gastos de carga.
FIO [Free In and Out]: Modalidad de contratación de los fletes en donde no se incluyen gastos de carga y descarga.
FIOS [Free In, Out and Stowage: Modalidad de contratación de los fletes en donde no se incluyen gastos de carga, descarga y estiba.
FIOST [Free In, Out, Stowage and Trimmed]: Modalidad de contratación de los fletes en donde no se incluyen gastos de carga, descarga, estiba y trimado (acomodar la carga de granos a granel dentro de la bodega).
FO [Free Out]: Modalidad de contratación de los fletes en donde no se incluyen gastos de descarga.
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